Interesado en conocer que es el La Planilla de Caudal Relicto, quienes pueden solicitarla y cuales son los pasos para completarla. Sigue con nosotros para descubrirlo.
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Planilla de Caudal Relicto ¿Qué es?
El caudal relicto, concierne al costo de cada uno de los bienes, los derechos y las acciones, que corresponde a una persona en el instante de su muerte.
Asimismo, a los pasivos, que conforman las deudas o compromisos a las que el occiso fuese responsable, de igual manera las que se generan para el momento de la defunción.
El pasivo se descuenta del activo y la deducción es lo que se sabe en concepto de caudal relicto o caudal de herencia.
Bajo este concepto el total se instaura la base imponible con el propósito de estimación del impuesto de sucesiones.
Y se tiene que respetar la liquidación delante de la institución tributaria correspondiente.
Y es en la Planilla de Caudal Relicto, donde se presentan los datos de los bienes y obligaciones, como inicio del proceso de gestionar la herencia.
De igual manera, se le distingue como Planilla de Herencia, no obstante su nombre exacto es Planilla de Contribución sobre el Caudal Relicto.
La comunicación funciona con el objetivo de que la Nación certifique la obligación de algún gravamen o impuesto que tenga que e ser honrada.
Los gravámenes son destinados, en el momento en el que el total de los bienes excede el millón de dólares. Esto es muy usual en Puerto Rico.
Es ineludible en el proceso de conseguir gestionar la planilla, que el difunto o causante no tiene que haber dejado deudas arancelario ni tampoco con el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) ,que es el organismo responsable de recaudar el tributo con respecto a las propiedades de inmuebles, que comprende apartamentos, casas, fincas, edificios, entre otros patrimonios.
Cómo descargar la planilla
Para poder descargar la planilla, se puede dirigir al siguiente enlace cliqueando en: https://legaldocspr.com/
La descripción de los caudales relictos de los difuntos, son efectuados de manera electrónica a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SUR).
En consecuencia el apoderado de la herencia tiene que realizar un inventario de caudal relicto en el sistema SURI.
Cada uno de los trámites concernientes a la descripción del Caudal Relicto, serán gestionados por el SURI, estando entre las siguientes tareas:
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- El pago de los impuestos, en caso de aplicar
- La compra del comprobante de la presentación por $25.
- Las enmiendas o prórrogas que tuviesen lugar
- En caso de planillas correspondientes a causantes fallecidos antes de enero del 2011, se realizan en papel y se anexan al formulario electrónico.
- La emisión de la Certificación de Cancelación de Gravamen, tanto las condicionadas como la definitiva se expedirán por SURI.
El Departamento de Hacienda de Puerto Rico posee bajo su competencia la operatividad y conservación de SURI.
Cómo llenarla
Se tiene que poseer cerca todos los datos concernientes con el responsable, como por ejemplo: fecha y lugar de nacimiento, lugar y fecha de muerte, dirección de habitación, número de seguro social.
Asimismo, la descripción especificada de las propiedades, derechos y títulos que este tenía, de igual manera sus deudas o compromisos.
La información del consorte o los herederos, y las estipulaciones por la que se otorga la herencia.
De igual manera, se tiene que reportar en formato digital (PDF, JPG, TIF, PNG) con la Certificación de deuda con el CRIM, los estados de cuentas bancarios, el testamento o declaración de herederos.
Luego de que se haya entrado a SURI con su usuario y contraseña, ejecute las siguientes instrucciones:
- Seleccione el causante en la pestaña de Individuos y Negocios.
- Luego ubique el menú de Quisiera y pulse sobre Radicar Planilla de Caudal Relicto.
- En la Información del Causante,conteste los campos solicitados según la situación del causante de la herencia.
- En el recuadro de Tipo de petición, seleccione la opción Original, en caso de que se le atribuya por primera vez, si se trata de enmienda, escriba el número de serie de la planilla a ser enmendada. Clique en la palabra Siguiente.
- En el aparte sobre Cónyuge o heredero, elija la opción de la realidad, según las disponibles por el sistema y complete la información personal del cónyuge o heredero. Oprima Siguiente
- En la primera parte del Cuestionarioconteste Si o No, según corresponda. Pulse siguiente
- En la segunda parte del Cuestionarioingrese los datos del testamento, en caso de aplicar. Sino escriba el número del Caso de Declaratoria de Herederos.
- En esa misma parte, ingrese información sobre el matrimonio, si fuese el caso.
- Si existe caja de seguridad, coloque el número de la misma y el nombre de banco. Presione Siguiente.
- En la instrucción de Dirección Relevo, escriba la dirección de la persona que recibirá el relevo del Caudal Relicto. Certifique las informaciones apuntadas y oprima en la palabra Siguiente.
- El paso de Especialista, se llenará si utiliza los servicios de un profesional del derecho, al responde que no los utiliza, Siga adelante
- Para el Detalle de los bienes del causante, pulse sobre Añadir e introduzca los datos que correspondan sobre los bienes del difunto, como el tipo de la propiedad a testificar, comprobación de compra, el número de catastro, entre otras informaciones.
- Anexe los documentosque le sean requeridos por el sistema, presionando Añadir, realice una breve descripción del documento, insértelo y guarde.
- Al seleccionar el Método de Pago, complete las casillas relacionadas con el mismo. Pulse siguiente
- Para Firmarla Planilla, ingrese la contraseña de la cuenta. Pulse OK
- Confirmepara finalizar el pago de los $25.00 y realizar el procesamiento de la Planilla, pulsando el enlace que dice “Presione aquí para completar su pago por tarjeta de crédito”. Si quiere un duplicad de la planilla seleccione “Vista Imprimible”, bájela y abra el formato PDF e imprima. Pulse OK
- Completando el Proceso de Pago de $25.00, coloque la información solicitada, pulse sobre Continuar. Recibirá un email asegurando el pago.
- Puede regresar a Inicio o “Volver a Cuenta”.
- Se ha completado la presentación de la planilla de Caudal Relicto, aun cuando en las Alertas se muestre como que se adeuda el pago de $25.00, es solo cuestión de tiempo para que el sistema lo valide y elimine la Alerta.
Quiénes deben presentar la Planilla Caudal Relicto
Los trámites de presentación de la planilla recaen sobre los herederos del fallecido. Y se rinde en base a los bienes propiedad del fallecido que vivia en la isla. Y del que no era residente pero gozaba de propiedades dentro de Puerto Rico.
El resultado de presentar la planilla de caudal relicto, es conocido como el Relevo del Departamento de Hacienda.
Con ello, los herederos obtienen la propiedad de los bienes muebles e inmuebles. Pudiendo colocarlos a su nombre y realizar los respectivos traspasos ante el registro de la Propiedad, en el caso de los inmuebles. Y del traspaso de títulos, cuando se trate de vehículos automotores.
Así como el retiro de los fondos o recursos que hubiese en las entidades financieras.
En caso que la declaración de la información solicitada, se le torne compleja, puede contratar los servicios de un especialista en derechos de herencia, o de un contador de confianza de alguno de los herederos.
De qué se trata la Nueva Ley de Caudal Relicto en Puerto Rico
En la exposición de motivos considerados para el proyecto de enmienda del Código de Rentas Internas de Puerto Rico o Ley No.1-2011, se tomaron en cuenta situaciones como que:
- Debido a la complejidad del proceso se debían contratar contadores, abogados y tasadores, entre otros profesionales, para poder presentar la planilla de herencia
- A pesar de la situación en el mercado de bienes raíces en Puerto Rico, se debía contar con la aprobación previa del Departamento de hacienda para que los herederos pudiesen disponer de los bienes inmuebles del fallecido.
- Al realizarse la enmienda de las planillas se era objeto de una penalidad del 10% por la adición de propiedades no declaradas.
Con la Ley Núm. 76-2017 o nueva ley del Caudal Relicto, se eliminó esas contribuciones y se creó un nuevo mecanismo más eficiente para la obtención del Relevo de Caudal Relicto y Donaciones que emite el Departamento de Hacienda.
Con relación a la emisión del certificado de relevo o de liberación de gravamen, el Departamento de Hacienda puede emitir un certificado de cancelación de gravamen condicionado. Sin dejar de demostrarse que el difunto no tenía deudas de impuestos, según las bases del Código de Rentas Internas o sobre la propiedad, según la Ley 83-1991.
A través de esta nueva ley, se autoriza al Departamento de Hacienda para el cobro de un derecho por concepto de emisión del relevo, hasta un monto máximo de $25.00 dólares.
En relación con las donaciones igual o mayor a los $10,000.00, Deben ser informados a más tardar los 31 de enero de cada año.
En ella se describirá la propiedad en donación y el valor de las propiedades en base a una estimación de buena fe. Emitiéndose de parte del Departamento de Hacienda un certificado de liberación de gravamen de impuestos, luego de la declaración y validación de que no se deben tributos.
Esperamos que este contenido te haya sido de mucha ayuda, gracias por leernos.
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