Cuando un trabajador en paro acude a una oficina de empleo para inscribirse y solicitar un nuevo trabajo, en ese momento se inicia su demanda de empleo. En dicha agencia, le harán una inscripción previa como demandante de empleo, es decir, un documento que se conoce como DARDE (tarjeta del paro o tarjeta de renovación de la demanda de empleo).
Para la solicitud de cualquier tipo de prestación económica (por ejemplo para el subsidio extraordinario por desempleo o para cobrar el paro), esta tarjeta es totalmente necesaria también para tener opción a los recursos públicos (orientación laboral, inclusión laboral o incluso cursos de formación).
Este documento se puede adquirir en los Servicios Públicos de Empleo de cada Comunidad Autónoma, excepto en Ceuta y Melilla que se puede recibir en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
TABLA DE CONTENIDO
Cómo obtener la Tarjeta de demanda de empleo
Esta Tarjeta se puede obtener en los Servicios Público de Empleo de las Comunidades Autónomas, a excepción de Ceuta y Melilla, donde se puede conseguir en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
La tarjeta de demanda de empleo o DARDE (conocida como tarjeta o papeleta del paro) es una credencial oficial otorgada por el Servicio Público de Empleo Estatal de cada Comunidad Autónoma para todos aquellos desempleados que reunen los requisitos para solicitar la tarjeta del paro.
Si una persona concurre a una agencia de empleo y se inscribe o matricula, esto queda registrado en un documento llamado DARDE que es lo que frecuentemente conocemos como la tarjeta del paro o tarjeta de solicitud de empleo.
Esta credencial es un documento que le permite a una persona demostrar que está en paro y legalmente inscrito en la oficina de empleo. Es esencial para poder tener acceso a cualquier ayuda o asistencia por desempleo, a los cursos y talleres de formación, o para optar a cualquier alternativa de trabajo que gestionen los servicios públicos de empleo.
El SEPE es un cuerpo autónomo adjunto al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y que desde el año 2003, asumió todas las labores del antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM).
No es necesario solicitar previa cita para obtener la tarjeta. Solo es suficiente acudir a la oficina de Servicios Público de Empleo. En casi todas las Comunidades Autónomas, la vía más sencilla para llevar a cabo este proceso es por Internet. Se debe ingresar en la página oficial SEPE Electrónico.
Requisitos para el trámite
Para registrarse y formar parte del ejército de solicitantes de empleo, es preciso cumplir con unos recaudos que luego entregara junto a otros documentos. Pueden demandar por empleo todas aquellas personas mayores de dieciséis años, salvo las que estén incapacitadas para el trabajo. Es necesario cumplir con las siguientes condiciones y recaudos:
- Tener nacionalidad española o de algún país miembro de la Unión Europea, Islandia, Noruega, Liechtenstein o de los países que han firmado el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Cónyuge o hijo menor de 21 años, o mayor de esa edad a su cargo.
- Ser un trabajador extranjero no comunitario, con acceso al mercado nacional de trabajo o en tránsito de adquirirla.
- Documento de identidad (DNI o NIE). En caso de ser extranjero, poseer permiso de residencia o trabajo.
- Documento de la Seguridad Social (de ser extranjero no le será exigido este documento solo si estuvo trabajado antes en España).
- Certificados de titulación profesional o académica (títulos, diplomas, acreditaciones profesionales, etc.).
Pasos a seguir
Uno de los requisitos indispensables para recibir la prestación de servicios por desempleo es solicitar la tarjeta del paro y sellar el paro en los plazos pertinentes. Para llevar a cabo este procedimiento es necesario reunir toda la documentación exigida en la sección anterior para la tarjeta del paro y apostar por alguna de las vías disponibles para ello.
¿Quién está autorizado para dar la Tarjeta de demanda de empleo?
Desde el año 2003, El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es la institución autónoma inscrita en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social es quien tiene la responsabilidad de entregar este certificado. En las agencias del SEPE de las Comunidades Autónomas, con la salvedad de Ceuta y Melilla, se puede pedir y retirar la tarjeta de demanda de empleo.
Si vives en las Ciudades de Ceuta y Melilla, podrás realizar todas las diligencias concernientes a tu petición en la Sede Electrónica del SEPE, SEPE Electrónico. Al ingresar al portal web, pulse en MIS TRÁMITES DE DEMANDA y seguir la indicaciones correspondientes.
Obligaciones al tener la Tarjeta de demanda de empleo
Cuando un trabajador cesante recibe la tarjeta del paro, queda inscrito como demandante de empleo y de inmediato asume una serie de obligaciones:
- Renovación de la solicitud de empleo cada tres meses.
- Estar disponible para los servicios públicos de empleo en cuanto a cursos, colocaciones u ofertas de empleo.
- Continuar buscando activamente trabajo.
- Solicitar permisos para viajar al extranjero en caso de ser necesario.
- Informar en la oficina de empleo de los cambios de situaciones como mudanzas, incrementos propios de la renta entre otros
Cómo renovar la Tarjeta de demanda de empleo
La renovación de la tarjeta es periódicamente. Por lo general es cada tres meses. Es lo que generalmente se llama “sellar el paro”. En el documento de demanda de empleo se indican las fechas de renovación. Puede hacerse en persona desde las oficinas o vía internet.
El control del sellado del paro lo ejercen los servicios de empleo de las comunidades autonómicas. No es necesario ni imprescindible tener certificado digital o DNI para renovar la Tarjeta de demanda de empleo. En caso de no tenerlos, ingrese con su usuario y contraseña en el portal de servicios de empleo de su comunidad.
Al entrar en el enlace de su comunidad, localice en él la opción de “renovación de la demanda”, que usualmente está en la sección “oficina virtual” o “mi demanda de empleo”. A continuación los enlaces de cada comunidad:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Castilla y León
- Castilla-La Mancha
- Cataluña
- Ceuta
- País Vasco
- Extremadura
- Galicia
- Illes Balears
- La Rioja
- Madrid
- Melilla
- Murcia
- Navarra
- Comunitat Valenciana
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